La Constitución Española establece la mayoría de edad a los 18 años. Sin embargo, hay muchas cosas que los jóvenes pueden hacer y decisiones que pueden tomar antes de esa edad. En efecto, a partir de los 14 años la Ley reconoce la capacidad de los menores para realizar ciertos actos de trascendencia.
Con 14 años, los adolescentes pueden, por ejemplo, optar por la nacionalidad española o solicitarla, así como renunciar a una nacionalidad anterior. Los adolescentes mayores de 14 años también pueden ejercer la patria potestad sobre sus hijos si los tuvieran, siempre con la asistencia de sus progenitores o de un tutor.
Los menores de edad a partir de los 14 años, actualmente, son considerados sujetos activos, participativos y creativos, con capacidad para modificar su propio medio social y personal. También pueden disponer de su imagen y sus datos. A continuación, analizaremos algunos elementos para conocer los derechos legales de los hijos a partir de los 14 años.
Derechos básicos de los hijos mayores de 14 años
En esta etapa de su crecimiento, los adolescentes empiezan a adquirir cierta autonomía e independencia, y empiezan también a tener su propia opinión y a tomar sus propias decisiones. Dentro de los derechos básicos, los hijos mayores de 14 años tienen derecho a preservar su identidad, a expresarse libremente y a tener una opinión política.
La igualdad de derechos establece que los adolescentes tienen, además, derecho a ser respetados en su identidad, sus ideas, sus opiniones, sentimientos, gustos, etc. En cuanto al derecho de elegir por sí mismos una religión, la Ley vigente no establece un límite de edad claro para ello.
Sin embargo, se estipula que tanto la libertad ideológica como la de creencias religiosas se ejercen cuando la persona menor de 18 años tiene una madurez suficiente. Esta capacidad se va definiendo, más o menos, a partir de los 14 años.
Los hijos mayores de 14 años tienen derechos legales sobre su imagen y sus datos
La Ley de Protección de datos de 1999 establece que los adolescentes a partir de los 14 años pueden subir sus fotos a las redes sociales sin la autorización de sus padres.
También los menores pueden disponer de su imagen y sus datos personales, e incluso autorizar a otras personas a utilizarlos. Este es un aspecto que los padres deben considerar y tratar de entregar a sus hijos toda la información necesaria sobre los riesgos asociados a estas publicaciones y usos de datos.
Otros derechos
En cuanto a los actos legales que pueden realizar, los hijos mayores de 14 años pueden ser testigos de un juicio o hacer testamento. También pueden disparar una escopeta de caza mayor, pero para ello deberán estar acompañados de un adulto que tenga licencia de armas.
Sin embargo, estos jóvenes no podrán contraer matrimonio hasta los 16 años, ni siquiera con la autorización especial de un juez. Tampoco podrán votar o solicitar el permiso de conducir hasta los 18.
Derechos legales de los hijos a partir de los 14 años en asuntos de custodia y régimen de visitas
Cuando los padres se divorcian, ya sea por mutuo acuerdo o a través de litigio, el Juez establece el régimen de custodia y de visitas a los menores por parte del progenitor que no vive con ellos. Esta decisión se toma siempre pensando en el interés supremo del menor. El Juez tomará en consideración muchos aspectos objetivos para tomar la decisión.
Sin embargo, cuando los hijos tienen 12 años o más, el Juez tiene la obligación de escucharlos antes de tomar cualquier decisión que les afecte. Esto no quiere decir que su sentencia tenga que basarse en la voluntad del adolescente, pero sí que su opinión debe ser escuchada.
¿Qué pasa si, una vez que el Juez ha establecido un régimen de visitas, el menor se niega a recibir la visita de su progenitor? Esto es algo bastante frecuente en el caso de los hijos mayores de 14 años que ya tienen capacidad para tomar sus propias decisiones. Es, además, una etapa en la que suelen existir muchos conflictos entre padres e hijos.
Si bien la sentencia del Juez debe ser respetada y el progenitor custodio debe hacer todo lo posible para que esto ocurra, es necesario tratar de llegar a un acuerdo con el menor. Y no forzar de ninguna manera una situación a la que él se rehúsa. A fin de cuentas, a partir de los 14 años, un hijo ya tiene la capacidad de decidir qué tipo de relación quiere tener con sus padres.
Bibliografía
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- Asturias.es. Adolescentes, guía para padres. Extraído de: https://www.asturias.es/Asturias/ARTICULOS/adolescentes-guia.pdf
- BOE. Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia. Extraído de: https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-10213-consolidado.pdf