A diferencia del DNI, que no es obligatorio hasta los 14 años, el pasaporte sí es un documento indispensable para los niños, en algunas situaciones. Por ejemplo, para viajar al extranjero, fuera de la Unión Europea, aunque el niño sea muy pequeño o tenga apenas unos días de nacido este documento le será requerido.
En el caso del recién nacido, el menor puede figurar en el pasaporte del padre o de la madre, pero lo mejor es que tenga el suyo propio. Los niños deben estar presentes en el momento de la expedición del pasaporte.
A continuación, veremos algunos elementos para saber qué documentos se necesitan y dónde se debe hacer el trámite para la obtención del pasaporte de los niños.
¿Dónde se tramita el pasaporte para los niños?
El pasaporte de los menores se tramita en las comisarías de policía que tienen oficina de expedición de DNI. Esta información está disponible en la página web de la Policía Nacional. Es necesario pedir previamente una cita por internet o por teléfono.
En la solicitud se debe realizar el pago de una tasa, el mismo que se hace por vía telemática. Una vez que se tiene la cita y el pago, será necesario reunir algunos documentos.
¿Qué pasa si el menor no tiene DNI?
El Documento Nacional de Identidad o DNI no es obligatorio en España hasta los 14 años. Por eso, puede ocurrir que un menor que necesite un pasaporte no disponga de ese documento. En ese caso, se deberá presentar un certificado literal de nacimiento, expedido por el Registro Civil.
Este certificado acreditativo del nacimiento deberá haber sido expedido máximo seis meses antes y debe figurar expresamente que se solicitó para obtener un pasaporte.
Para obtener esta partida de nacimiento, se debe ir a la oficina del Registro Civil donde está inscrito el nacimiento y completar el formulario correspondiente. Este formulario está disponible en la página web del Ministerio de Justicia. También es posible hacer este trámite por correo.
Para solicitar el pasaporte de un menor que no tenga DNI es necesario, además, que los progenitores o tutores del menor lleven consigo su DNI y demuestren su relación familiar con el menor. Pueden hacerlo a través del libro de familia por una resolución judicial. También deberá entregarse una foto reciente del niño a color, de 32 x 26 mm y con fondo blanco.
Cuando el menor ya tiene DNI o un pasaporte anterior
Cuando un menor ya tiene DNI, la documentación necesaria para la obtención del pasaporte es la misma que para los mayores de 14 años. En ese caso, se deberá presentar el DNI y una fotografía reciente a color, de 32 x 26 mm y con fondo blanco. Si el DNI tiene una antigüedad inferior a dos años y no hay cambios físicos significativos en el niño, la foto no será necesaria.
Si el niño ya cuenta con un pasaporte expedido anteriormente, deberá presentarlo para anularlo. En ese caso, aunque no tenga DNI, no será necesario que vuelva a presentar la partida de nacimiento literal, pues ya lo hizo la primera vez.
El periodo de validez de los pasaportes para los niños de 0 a 5 años es de 2 años. En el caso de los niños mayores de 5 años, pero menores de 14, el pasaporte estará vigente hasta que el niño cumpla 14 años. Por ningún motivo el documento tendrá más de cinco años de validez.
Para tener pasaporte los niños deben contar con la autorización de sus progenitores
Hasta el año 2014, los pasaportes de los niños se entregaban con la autorización de uno de los progenitores. Sin embargo, a partir de esa fecha, después de un real decreto que reformó el régimen de expedición del pasaporte para los menores, las cosas cambiaron.
Como vemos, en la actualidad, es necesaria la presencia y autorización de los dos progenitores, a menos que solo uno de ellos tenga la patria potestad.
En caso de que la persona que ejerza la patria potestad sea extranjera, se requerirá el número de identificación de extranjeros. Si los padres están separados o divorciados, el consentimiento debe ser presentado igualmente por los dos y no por aquel que tenga la guarda y custodia. Estas medidas permiten prevenir eventuales situaciones de sustracción de menores.
Bibliografía
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- Web del Registro Civil. Extraído de: https://www.registrocivilonline.info/?gclid=CjwKCAjw7uPqBRBlEiwAYDsr108IdwCrw9ecEGy_7tJthngjKh8mNIe4P6LZ6KPcA10_mPzPdULCvhoCnK4QAvD_BwE
- DNI y Pasaporte. Web de la Policía Nacional. Extraído de: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_1086&id_menu=55