¿Cómo realizar un contrato conductual con los niños?

La técnica del contrato conductual es muy útil para modificar o instaurar conductas en la infancia.

Niño con problemas de conducta gritando a una niña.

Cuando tratamos de educar a los pequeños, a veces, resulta complicado corregir y modificar sus malos comportamientos. Por suerte, existen técnicas que nos pueden ayudar a conseguir dicho fin, como los contratos de conducta. A continuación, te explicamos cómo realizar un contrato conductual con los niños.

Esta técnica de modificación de la conducta suele ser muy efectiva, puesto que es clara, objetiva y permite que los niños se comprometan y se impliquen activamente en el cambio de conducta.

“Cambiar es una palabra poderosa y es completamente factible, si la eliges”.

-Joe Dispenza-

¿Qué es un contrato conductual y para qué sirve?

Un contrato conductual o de contingencia es una técnica de modificación de la conducta basada en la teoría del condicionamiento operante, creada por el psicólogo Burrhus Frederic Skinner. Esta técnica, consiste en hacer un documento escrito en el que las distintas partes implicadas llegan a un acuerdo. Dichas partes suelen ser:

  • Progenitores e hijos.
  • Profesores y alumnos.
  • Terapeutas y pacientes.Niño con conducta agresiva necesita realizar un contrato conducta para mejorarla.

Dicho contrato se elabora con el fin de disminuir la realización de conductas inapropiadas (agresividad, faltas de respeto, rabietas, etc.) por parte de los pequeños, y potenciar el desarrollo de buenos comportamientos.

Para ello, el adulto y el niño en cuestión, tienen que dialogar y negociar hasta llegar a establecer y especificar:

  • Las conductas que se quieren modificar.
  • Las conductas que se instaurar.
  • Las consecuencias que se pueden obtener al llevar a cabo, o no, estas conductas.

Así, ambas partes conocen las consecuencias de realizar las conductas previamente acordadas y se pueden evitar malentendidos, pues todo está recogido detalladamente en un contrato redactado con objetividad.

“Cuando escoges tu comportamiento, escoges las consecuencias”.

-Anónimo-

¿Cómo realizar un contrato conductual con los niños?

Para realizar un contrato conductual correctamente, es necesario seguir una serie de pasos. Dichos pasos se explican a continuación:

  1. Negociar el contrato entre las partes implicadas:
    • Adulto: madre, padre, profesor u otra figura de referencia.
    • Niño.
  2. Especificar en el contrato:
    • La o las conductas que se quieren modificar.
    • Las conductas positivas que deben realizar cada una de las personas implicadas.
    • Los criterios sobre la frecuencia de dichas conductas y el tiempo en el que tienen que llevarse a cabo.
    • Las consecuencias positivas que se obtendrán por la emisión de estas conductas.
    • Las consecuencias negativas por la no realización de dichas conductas.
    • Los nombres y las firmas de las distintas partes implicadas, es decir, del adulto y del niño.
  3. Revisar periódicamente el contrato para:
    • Evaluar en qué medida se está cumpliendo con lo acordado.
    • Introducir modificaciones, en caso de ser necesario.Madre con su hija en el terapeuta debido a sus problemas de conducta.
  4. Premiar el cumplimiento del contrato a través de reforzadores positivos, los cuales es preferible que sean reforzadores sociales (muestras de atención y cariño, elogios, etc.), o de actividad (excursiones, salidas, planes especiales, etc.), en lugar de materiales (juguetes, comida, etc.).
  5. Finalizar el uso del contrato cuando el niño:
    • Deje de realizar las conductas que se quieren modificar.
    • Haya asimilado ciertos comportamientos deseados.

Posibles problemas a la hora de realizar un contrato conductual con los niños

Según los autores Francisco Carlos Vicioso Cabeza, María Pilar Morales Martín y Paola de Felipe Calvarro, a la hora de intentar poner en práctica la técnica del contrato conductual con los niños, pueden surgir algunos problemas. En este sentido, algunos de los problemas más comunes que pueden darse son:

  • Desacuerdo entre las partes implicadas al establecer las conductas que se quieren modificar o los reforzadores.
  • Excesiva rigidez del contrato.
  • Ausencia de revisiones periódicas del contrato.
  • Incumplimiento del contrato por parte del adulto o del niño.
  • No aplicación de las consecuencias, positivas o negativas, en función de las conductas realizadas.

“La forma en que se lleva a cabo el refuerzo positivo es más importante que la cantidad”.

-Skinner-

Bibliografía

Todas las fuentes citadas fueron revisadas a profundidad por nuestro equipo, para asegurar su calidad, confiabilidad, vigencia y validez. La bibliografía de este artículo fue considerada confiable y de precisión académica o científica.

  • Vicioso-Cabeza, F. C., Garrón-Abadín, M. y Calvarro, P.F. (2015). Guía de Intervención en el Domicilio. Badajoz: Instituto Municipal de Servicios Sociales. Ayuntamiento de Badajoz.
Scroll al inicio