Las instituciones educativas presentan con frecuencia una alta demanda de alumnos con necesidades de compensación educativa (ANCE). Realidad que está cada vez más generalizada y compartida socialmente.
Por ello, es esencial que la atención a la diversidad forme parte de la planificación del proceso de enseñanza-aprendizaje y responda a tales necesidades en las aulas.
Una vez dicho esto, te preguntarás, ¿quiénes son estos alumnos? ¿Por qué es importante que a nivel normativo se los reconozca como un colectivo más que requiere apoyo dentro del sistema educativo? Sigue leyendo y descúbrelo.
“La educación ayuda a la persona a aprender a ser lo que es capaz de ser”.
-Hesíodo-
¿Quiénes son los alumnos con necesidades de compensación educativa?
En el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo encontramos diferentes colectivos. Están los alumnos con altas capacidades intelectuales, alumnos con necesidades educativas especiales, alumnos con Trastornos por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), migrantes, entre otros.
Hasta hace poco, algunos de estos colectivos no estaban contemplados normativamente como alumnos con necesidades de apoyo educativo. Motivo por el cual se dificultaba la atención en base a sus demandas individuales, tal es el caso de chicos y chicas con TDAH.
Del mismo modo, existe un colectivo que presenta una serie de requerimientos de compensación educativa, bien por su pertenencia a minorías étnicas y culturales, o bien por factores sociales, personales o económicos. Tales grupos se encuentran en una situación de desventaja socioeducativa si no se les atiende en función de sus particularidades.
En otras palabras: dependiendo de la situación en la que se sitúe el alumno, la atención educativa que este precise será distinta. La singularidad se presenta de acuerdo a las siguientes circunstancias de compensación educativa:
- Incorporación tardía al sistema educativo español. Esto origina necesidades educativas.
- Especiales condiciones personales, geográficas, sociales y culturales.
- Dificultades de inserción educativa.
- Desfase escolar significativo. Con dos o más cursos de diferencia entre el nivel de competencia curricular que reúne el alumno y el nivel en el que está o estará escolarizado.
- Escolarización irregular.
“Se considera alumnado con necesidades de compensación educativa aquel que presenta dificultades de inserción escolar por encontrarse en situación desfavorable, derivada de circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales”.
-Psicóloga Social Jasone Mondragón Lasagabaster-
¿Cuáles son las mejores metodologías para favorecer la inclusión de este alumnado?
En la actualidad, se cuenta con una gran gama de diferentes métodos didácticos que potencian el desarrollo de prácticas inclusivas. Entre ellas destacan las denominadas metodologías activas, que garantizan la participación de todo el alumnado. Además, incluyen también a aquellos que presentan necesidades educativas.
En este sentido, encontramos opciones metodológicas que fomentan y promueven la interacción, la creación, la metacognición e incluso el compromiso social.
Por ejemplo, el aprendizaje cooperativo, el aprendizaje basado en problemas, la rutina de pensamiento y el aprendizaje-servicio, entre otros. Tal y como se expone en el II Plan de Atención a la Diversidad en la Educación de Castilla y León.
Por otro lado, los métodos didácticos inclusivos en el aula deben utilizarse de forma transversal en todas las facetas de la vida escolar. Esto con el fin de que todos los alumnos, independientemente de sus circunstancias, puedan acceder a la educación que se merecen.
“La educación inclusiva no es una metodología, ni un principio, ni un valor. La educación inclusiva es un derecho humano a vivir, a aprender y a desarrollarse”.
-Enrique Galván-
Sobre los alumnos con necesidades de compensación educativa
En definitiva, se concluye que, es preciso contemplar e incluir la atención de los alumnos con necesidades compensatorias educativas en cualquier tipo de planificación de la enseñanza. De este modo se puede garantizar el principio de igualdad en educación y se ofrece una educación de calidad que respete los derechos de equidad e inclusión del alumnado.
Para lograrlo resulta necesario que desde las autoridades educativas se reconozca a esta población. Lo cual implica dotar a los profesores de los recursos y la formación específica para saber atender dichas necesidades. Dicha medida contribuiría a afianzar una adecuada inclusión en el centro académico.
En este sentido, las administraciones públicas se responsabilizan por desarrollar acciones de carácter compensatorio para aquellos alumnos que se encuentren en una situación desfavorable. Pues están conscientes de que existe una relación directa entre el rendimiento académico y la realidad socioeconómica de la familia, lo que llama a combatir las desigualdades educativas mediante medidas de compensación.
Bibliografía
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- Barba, J. N., de Educación, C., & de Murcia, C. LA COMPENSACIÓN EDUCATIVA: MARCO, REALIDAD Y PERSPECTIVAS. https://enxarxats.intersindical.org/nee/CE_marco.pdf
- Guijarro, R. B. (1990). La atención a la diversidad en el aula y las adaptaciones del currículo. Desarrollo psicológico y educación, 411-438. http://academiadeletras.gub.uy/innovaportal/file/104232/1/la-atencion-a-la-diversidad-en-el-aula-blanco-1.pdf
- Lasagabaster, J. M. (2010). Características del alumnado de compensación educativa de la Provincia de Alicante. International Journal of Developmental and Educational Psychology, 3(1), 67-76. https://www.redalyc.org/pdf/3498/349832326006.pdf
- REAL DECRETO 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación.
- RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2010, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se organiza la atención educativa al alumnado con integración tardía en el sistema educativo y al alumnado en situación de desventaja socioeducativa, escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Obligatoria.
- ORDEN EDU/352/2019, de 5 de abril, por la que se resuelve el procedimiento de selección de los centros educativos participantes en el Programa 2030, para favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa, correspondiente al curso escolar 2019-2020