Importancia y edad de que los niños tengan un DNI

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es muy importante en España. Aunque no es obligatorio tenerlo antes de los 14 años, existen algunos beneficios de tramitarlo antes.

Persona enseñando su DNI.

El Documento Nacional de Identidad o DNI es un documento que acredita la identidad de una persona. En él se indican su nombre, su apellido, su lugar y fecha de nacimiento, entre otras cosas. Por eso, es importante que los niños tengan un DNI, aunque no tenga carácter de obligatoriedad hasta la adolescencia.

A diferencia de las personas adultas, quienes sí requieren tener un DNI y llevarlo siempre consigo, este no es obligatorio antes de los 14 años. Aun así, se puede solicitar desde los tres meses de edad. Tramitarlo antes de la edad obligatoria tiene muchas ventajas. Por ejemplo, cuando se hace un viaje en avión, pues, de lo contrario, habrá que llevar el libro de familia para comprobar su identidad y la de sus padres.

El número de DNI también está asociado al NIF, que es un Número de Identificación Fiscal que puede ser útil para un menor en algunos casos. A continuación, veremos algunos elementos para saber por qué y a partir de qué edad es valioso que los niños tengan su DNI.

¿Cómo puede un niño obtener su DNI?

Tramitar DNI en niños España
Aunque no es obligatorio hacerlo hasta los 14 años, el DNI en España se puede tramitar mucho antes.

Aunque el DNI no es un documento obligatorio hasta los 14 años, es posible solicitarlo a partir de los tres meses de edad. Para hacerlo, sus padres o tutores legales deben acercarse a la oficina de la Policía Nacional más cercana. El menor debe estar presente, así como las personas que ejercen su patria potestad.

Tal y como señala el artículo 5 del Real Decreto 1553/2005 de 23 de diciembre, los requisitos para su expedición son los siguientes:

  • La presencia física de la persona a quien se haya de expedir.
  • El abono de la tasa legalmente establecida para el momento.
  • Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil (con una antelación de hasta tres meses a la fecha de presentación de la solicitud del documento).
  • Una fotografía reciente a color tamaño carnet (tamaño 32×26 milímetros, con fondo blanco y liso, tomada de frente, con la cabeza totalmente descubierta, y sin gafas de cristales oscuros).
  • Certificado de empadronamiento del solicitante (expedido con una antelación de hasta tres meses a la fecha de la solicitud del documento).

También, se deberá presentar el libro de familia y el DNI de los padres o tutores legales. En circunstancias excepcionales se puede expedir el documento ante la ausencia de algunos de estos documentos, siempre y cuando el órgano que se encarga de su tramitación acredite toda la información presentada por otros medios.

Por otro lado, los nacionalizados y quienes posean una Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión deben suministrarlo como requisito indispensable para la tramitación del DNI.

Durante la tramitación se le recogerán las impresiones dactilares de los dedos índices de ambas manos. Si las circunstancias impiden hacerlo, se hará siguiendo el siguiente orden de prioridad: medio, anular, auricular o pulgar.

Si el interesado tiene menos de 14 años, el DNI se entrega en presencia de quienes tengan la patria potestad. Si tiene 14 años o más, lo puede recoger solo. El DNI tiene una vigencia de cinco años si el titular no ha cumplido los 30 años.

¿Debe un niño tener un número de identificación fiscal (NIF)?

El Número de Identificación Fiscal (NIF) de una persona de nacionalidad española es el número de su DNI, seguido por el código de verificación, que es la letra con la que termina el DNI. En el caso de los extranjeros residentes en España, es el número de identidad de extranjero (NIE).

El NIF es un número que identifica a una persona en todo procedimiento que tenga que ver con alguna obligación fiscal. Al existir una correlación entre DNI y NIF, todos los adultos tienen un NIF, pero no ocurre lo mismo en el caso de los niños. En efecto, al no existir la obligación para los menores de 14 años de tener un DNI, muchas veces tampoco tienen un NIF.

Un niño puede tener un NIF provisional, hasta que tenga su DNI. Hay, principalmente, dos razones. La primera es la contratación de un producto financiero a su nombre. Puede tratarse de una cuenta de ahorros en la que la familia deposite pequeñas cantidades con ocasión de los regalos de primera comunión o de bautizo, o incluso de nacimiento.

La segunda razón tiene que ver con las ayudas o deducciones a las que puede tener derecho un menor. Esto puede ocurrir, por ejemplo, en el caso de las familias numerosas o de niños con algún tipo de discapacidad. Al ser el niño el beneficiario directo de estas ayudas, es indispensable que tenga un NIF.

¿Por qué es importante que los niños tengan un DNI y un NIF?

Ya sea para viajar o para abrir una cuenta bancaria para el futuro, es importante para los niños tener un DNI y un NIF. Como regla general, es conveniente tener toda la documentación de la familia en orden en todo momento y no esperar a necesitarla para tener que tramitarla de urgencia.

En la época de vacaciones, por ejemplo, puede ser muy engorroso tratar de obtener el DNI, ya que es una época donde muchas personas lo solicitan para viajar. Por eso, aunque el DNI no sea obligatorio antes de los 14 años, lo mejor es solicitarlo en cuanto sea posible hacerlo, es decir, a partir de los tres meses de edad.

De acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, además de poder trasladarse a cualquier país de la Unión Europea, también se puede viajar con el documento vigente a Albania, Andorra, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Noruega, San Marino, Santa Sede, Serbia y Suiza.

De igual modo, el Ministerio del Interior recuerda a los solicitantes que el trámite por primera vez del DNI se realiza en el Equipo de Expedición del DNI solo después de haber solicitado cita previa a través del teléfono 060, o en su defecto por medio del servicio de citas por Internet.

Bibliografía

Todas las fuentes citadas fueron revisadas a profundidad por nuestro equipo, para asegurar su calidad, confiabilidad, vigencia y validez. La bibliografía de este artículo fue considerada confiable y de precisión académica o científica.

  • Ministerio del Interior. (2005, 24 de diciembre). Real Decreto 1553/2005. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-21163
  • Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. (s.f.). Documento Nacional de Identidad (DNI). Consultado el 16 de marzo de 2023. https://www.exteriores.gob.es/Consulados/caracas/es/ServiciosConsulares/Paginas/index.aspx?scca=Pasaportes+y+otros+documentos&scco=Venezuela&scd=45&scs=Documento+Nacional+de+Identidad+(DNI)
Scroll al inicio