Aspectos legales sobre los hijos mayores de edad

Los aspectos legales de la mayoría de edad de los hijos pueden condicionar de forma importante la convivencia familiar. Aquí veremos los diferentes factores que influyen en la regulación legal de esta situación.
Aspectos legales sobre los hijos mayores de edad
Francisco María García

Escrito y verificado por el abogado Francisco María García.

Última actualización: 11 mayo, 2022

En los últimos años se han conocido algunos casos de hijos mayores de edad que han llevado a sus padres ante la justicia para exigir el pago de la pensión de alimentos. Y también ha habido, por el contrario, casos de padres que han acudido a los tribunales por el mismo motivo: solicitar la extinción de la obligación de pensión alimenticia de sus hijos mayores de edad.

Estas situaciones un tanto extremas son el reflejo de una nueva realidad mundial de la que España no está exenta. Se trata de la aparición de los llamados ‘ninis’: hijos adultos que ni trabajan, ni estudian. El fenómeno es fruto de una realidad económica difícil que hace que para los hijos sea más costoso y más difícil irse de casa e independizarse.

Este tipo de situaciones provoca también que los padres deban llevar una carga pesada por mucho más tiempo. A continuación, veremos algunos aspectos legales sobre los hijos mayores de edad.

Conceptos legales

El artículo 39.3 de la Constitución Española establece la obligación de los padres de prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

Aspectos legales sobre los hijos mayores de edad.

En cuanto a la patria potestad, el artículo 154.1 del Código Civil español dispone que los hijos menores no emancipados están bajo la patria potestad de sus progenitores. La patria potestad es una responsabilidad de los padres que deberá ejercerse siempre pensando en el interés supremo de los hijos.



El mismo artículo establece que la patria potestad comprende algunos derechos y obligaciones. Los padres tienen, por ejemplo, la obligación de velar por sus hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral. 

En caso de separación o divorcio de los padres, un juez determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer estas necesidades que se conocen como pensión alimenticia.

Patria potestad y mayoría de edad

Cuando los hijos cumplen 18 años, se termina la patria potestad o la tutela de los padres sobre ellos. Es decir, que vence el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre los hijos menores, en sentido personal y patrimonial.

Sin embargo, existen algunas excepciones. Una de ellas es la de los hijos legalmente emancipados, en cuyo caso la patria potestad termina en el momento de la emancipación, aunque los hijos sean menores de edad. También puede ocurrir que la patria potestad se extienda más allá de los 18 años, en caso de que los hijos hayan sido declarados incapaces.

¿Existe la obligación de prestar alimentos a los hijos mayores de edad?

La ley establece la mayoría de edad como el límite para ejercer la patria potestad pero, en la práctica, los padres siguen teniendo muchas obligaciones con sus hijos después de esa edad. De esta forma, la obligación de los padres de prestar alimentos, cuidado y protección a los hijos termina cuando estos alcanzan su independencia económica.

Aspectos legales sobre los hijos mayores de edad.

Actualmente, los jóvenes tienen muchas dificultades para independizarse y viven en casa de sus padres mucho más tiempo, por lo que la obligación de los padres se extiende mucho más allá de los 18 años.

Y esta obligación es amparada por la ley. Esto quiere decir que un hijo mayor de edad que vive aún con sus padres y no tiene independencia económica puede reclamar ante los tribunales, si sus padres ya no quieren mantenerlo.



¿Cuándo pueden los hijos mayores de edad reclamar la pensión alimenticia a sus padres?

La legislación establece que los hijos mayores de edad siguen manteniendo su derecho a la pensión alimenticia si permanecen en una situación de necesidad. Sin embargo, existen algunos elementos que se deben considerar.

Por una parte, esta situación de necesidad no debe ser imputable al hijo mayor de edad. Es decir, que esta necesidad no debe ser producto de una conducta irresponsable del propio hijo.

En caso de existir controversias que lleguen ante tribunales, los jueces considerarán si los hijos han buscado trabajo activamente o siguen formándose. Para que un Juez determine que un hijo mayor de edad sigue siendo acreedor a la obligación de alimentos por parte de sus padres, este debe demostrar que ha hecho todo lo posible por superar su situación de precariedad.


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