¿Qué es la filiación?

En su concepto base, la filiación es la relación jurídica que existe entre padres e hijos. A partir de esta figura, se van generando una serie de derechos y obligaciones para los padres y para los hijos, entre ellos.
¿Qué es la filiación?
Francisco María García

Escrito y verificado por el abogado Francisco María García.

Última actualización: 03 febrero, 2022

La filiación es la relación jurídica que existe entre padres e hijos. Es el vínculo jurídico entre dos personas en el que una desciende de la otra, ya sea como consecuencia de hechos biológicos o de actos jurídicos. De esta relación se derivan una serie de derechos y obligaciones, como los apellidos, la nacionalidad, la patria potestad y la herencia. 

Existen varios tipos de filiación, principalmente la matrimonial y la extramatrimonial, así como la filiación legitimada o por reconocimiento. Los derechos derivados de esta no tienen ninguna distinción frente a la ley, sea cual sea su origen. A continuación, veremos algunos elementos para conocer mejor sus aspectos legales.

Tipos de filiación

La filiación se acredita a través de la inscripción en el Registro Civil, mediante el documento de sentencia que la determina de forma legal o por su reconocimiento ante el encargado del Registro Civil.

¿Qué es la filiación?

Existen principalmente dos tipos de filiación: la filiación natural y la adoptiva. La natural es aquella que se da de forma biológica o a través de técnicas de reproducción asistida. La adoptiva es, como su nombre indica, cuando no se establece de forma biológica sino por adopción. Dentro de la natural se distinguen la filiación matrimonial y la no matrimonial.

Filiación matrimonial

La filiación matrimonial es aquella en la que el padre y la madre están casados entre sí. Este tipo comprende a los hijos nacidos antes o después del matrimonio. En el caso de que los hijos hayan nacido antes del matrimonio, el hecho de la filiación deberá quedar registrado legalmente según las reglas que se han establecido para el efecto.

Esta figura jurídica está legalmente determinada por la inscripción del nacimiento de un niño junto con la del matrimonio de los padres. Sin embargo la filiación paterna también puede ser establecida por presunción.

En efecto, en el Código Civil se establece que los hijos nacidos después de la celebración de un matrimonio son presumiblemente del marido. Esto también es válido para los niños nacidos antes de los 300 días siguientes a la disolución del matrimonio o a la separación de los cónyuges.

La filiación matrimonial también puede establecerse por sentencia firme, una situación que ocurre solo en los pocos casos en los que no pueda aplicarse la presunción de paternidad y falte el consentimiento de un cónyuge o de los dos. En ese caso, es preciso solicitar una intervención judicial para declarar la paternidad o la maternidad biológica.

Filiación no matrimonial

Por su parte, la filiación no matrimonial se establece por exclusión cuando el padre y la madre no están casados entre sí. Este tipo se determina a través de la declaración conforme realizada por el padre, en el momento de la inscripción del nacimiento, en el formulario oficial que corresponde.

En caso de que la madre tenga vínculo matrimonial con una persona distinta de la que figura como padre en la declaración, sería aplicable la presunción de paternidad antes mencionada. Ante esta situación, se realizará la inscripción inmediata del nacimiento solo con la filiación materna, y se abrirá un expediente registral para determinar la paterna.

Efectos

Tanto la filiación matrimonial como la no matrimonial, así como la adoptiva, dan lugar a los mismos efectos legales. Entre ellos, uno de los más importantes son los apellidos. En regla general, si la filiación está determinada por las dos líneas, los progenitores podrán acordar el orden de transmisión de su apellido antes de la inscripción en el Registro Civil.

¿Qué es la filiación?

En efecto, ya no existe la histórica prevalencia del apellido paterno con relación al materno. Los dos progenitores pueden decidir libremente el orden de los mismos. Además de los apellidos, otros efectos importantes son la nacionalidad, la patria potestad, la guarda y custodia y los derechos sucesorios.

Reclamación o impugnación

Desde el punto de vista legal, la filiación puede ser reclamada o impugnada. Se denomina reclamación de filiación al hecho de solicitar al tribunal que la determine a favor de un progenitor. Esta demanda puede ser realizada por el padre, la madre o el hijo.

También puede ser impugnada. Esto ocurre en los casos en los que se busque desvirtuar una presunta filiación. La impugnación puede ser solicitada por el padre o por el hijo. Así pues, también la puede solicitar la madre, actuando en nombre del hijo menor de edad.


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