Cómo es la exploración judicial de menores

Cuando llega el momento de la separación y conflicto familiar, sobre todo a la hora de asignar la custodia, la exploración judicial del menor es una herramienta muy útil. ¿En qué consiste?
Cómo es la exploración judicial de menores
Francisco María García

Escrito y verificado por el abogado Francisco María García.

Última actualización: 09 marzo, 2021

Los procesos judiciales siempre son complejos. En especial, cuando se trata de un divorcio, ya que hay que tomar decisiones relacionadas con el fin de toda una vida en común. En conflictos familiares, hay asuntos que involucran directamente a los hijos, aun cuando exista mutuo acuerdo sobre asuntos como la tenencia o el régimen de visitas.  En este caso aparece, el “derecho del niño a ser oído”, y se materializa en una prueba llamada “de exploración judicial del menor”.

La legislación vigente procura dar cumplimiento a las normas internacionales sobre derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero entre abogados y juristas existe la duda acerca de su validez real.  A continuación, explicaremos cómo es la exploración judicial de menores y cuáles son sus puntos en contra y a favor.

Cómo se realiza la exploración judicial de menores     

El derecho del niño a ser oído, en el marco del respeto a su interés superior, se encuentra expresado en España en las siguientes normas: el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento civil y la Ley de Protección Jurídica del Menor. Incluso, el Defensor del Pueblo ha emitido diferentes informes.

Exploración judicial de menores.


La legislación recoge que los niños siempre tienen derecho a ser oídos a partir de los 12 años; también a partir de los 7 si tuvieran madurez suficiente, en los casos en los que el juez tenga que adoptar cualquier medida que los afecte directamente. En la práctica, estos casos son la guarda o tenencia y el régimen de visitas.

La exploración judicial es una intervención puntual, dentro de un procedimiento contencioso y siempre por encargo. Es decir, que los niños llegan a ser convocados por instancia judicial, a petición de alguna de las partes o de ellos mismos. Cuando este es el caso y el juez rechaza el procedimiento, su decisión debe estar fundada y justificada.

Una vez que se ha recibido la petición, comienza a actuar un psicólogo forense que tiene como misión proporcionar al juez los elementos que lo ayuden a tomar una decisión. Este profesional debe evaluar si es o no pertinente la exploración judicial de menores directa.

¿Es conveniente la exploración judicial de menores?

Para evaluar la conveniencia de la exploración, el profesional toma en cuenta diferentes variables, tanto del contexto como del propio niño o niña (edad, existencia de discapacidades físicas o psíquicas, exploraciones previas).

Si se decide realizar la intervención, debería desarrollarse un proceso que incluye distintas áreas de evaluación y observaciones en el ámbito familiar, personal, escolar y social. Después de estas variables, tendrá lugar una sesión de interacción donde debería evaluarse la relación entre el niño y los adultos.

En este proceso se analizarían los vínculos en función de valores positivos o negativos.  También se recomienda la realización de tests psicométricos. La idea es llegar a la entrevista con el máximo de información posible para que la intervención judicial sea mínima.

La entrevista se realizará dentro del modelo ‘semi-estructurada’, en tres fases: encuadre, exploración y cierre. Su duración deberá ser de alrededor de 45 a 60 minutos, o 30 minutos en el caso de la sesión de interacción.

¿Cómo es la exploración en la práctica?

Estas serían las características de una exploración judicial de menores:

Justicia ciega con la balanza.
  • Las entrevistas duran entre 10 y 15 minutos.
  • La exploración se hace a puerta cerrada, sin intervención de los abogados, solo en presencia del juez y el representante del ministerio fiscal. Sin embargo, a partir de una sentencia de mayo de 2019 del Pleno del Tribunal Constitucional, los juzgados de familia tienen obligación de entregar el acta de exploración judicial.
  • Muchos niños reciben instrucciones antes de ir al juzgado sobre lo que tienen que decir o no o son presionados por sus padres.
  • Existe una discusión sobre su validez como medio de prueba.
  • La exploración será de acatamiento obligado, lo que puede originar el llamado ‘conflicto de lealtades’, con cada uno de los progenitores.

Conclusiones

Frente a las controversias y posibles conflictos que despierta esta actuación, siempre es recomendable:

  • Tomar las decisiones familiares teniendo en cuenta los deseos y necesidades de lus hijos, evitando exponerlos a la exploración judicial de menores.
  • Procurar la colaboración entre las partes para lograr una relación amplia y flexible en la que los niños puedan disfrutar de sus padres.
  • Que los padres estén implicados, que tengan en cuenta las necesidades y deseos de sus hijos, contribuyen a una mayor percepción de justicia.
  • Se debe separar el aspecto patrimonial de las relaciones entre padres e hijos.

Si se tienen en cuenta todos estos factores, los padres, seguramente, estarán demostrando a sus hijos verdadero amor y preocupación por su futuro, y se evitarán momentos desagradables y consecuencias indeseadas.

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