Procesos típicos en los Juzgados de Familia

Los juicios de familia ocupan una buena parte de la actividad judicial en todos los países. Ya sea en materia de divorcio, asignación de custodia de hijos tras separaciones, etc., los juzgados de familia son órganos muy visitados.
Procesos típicos en los Juzgados de Familia
Francisco María García

Escrito y verificado por el abogado Francisco María García.

Última actualización: 10 marzo, 2021

En España, por lo general, los asuntos de familia son tramitados legalmente en primera instancia. Son los Juzgados de Primera Instancia o de Primera Instancia e Instrucción los que conocen y deciden sobre dichos asuntos. Sin embargo, el derecho de familia tiene muchas características especiales que lo distinguen de las otras ramas del Derecho.

Por esta especialidad del derecho de familia, se recomienda que los órganos judiciales que se encargan de su enjuiciamiento se especialicen en esta materia. Los Juzgados de Familia regulan, principalmente, tres aspectos del derecho: el matrimonio, la filiación y la tutela. A continuación, veremos algunos elementos para conocer mejor los procesos típicos de los Juzgados de Familia.

Los Juzgados de Familia

Una serie de Juzgados de Primera Instancia se han especializado en los asuntos de familia. Actualmente, existen, aproximadamente, 70 Juzgados de Familia, localizados en la mitad de las provincias de España.

Estos juzgados nacieron al amparo del artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La especialización incumbe al órgano judicial, pero no existe una especialización de los jueces y magistrados.

Los Juzgados de Familia conocen y resuelven los asuntos relacionados con el derecho de familia. Esto quiere decir que regulan la familia, entendida como institución natural y social, en todos sus aspectos de derecho privado. Los procesos más frecuentes en los Juzgados de Familia son los que tienen que ver con el matrimonio, la filiación y la tutela.

Juzgado de familia representado por un mazo y un dibujo de unos padres con sus hijos.

El matrimonio abarca las normas jurídicas que tienen que ver con su celebración, los efectos personales y económicos que tiene y las situaciones de nulidad, separación y divorcio. La filiación comprende tanto la filiación matrimonial como la extramatrimonial y todo lo relativo a las adopciones.

También la temática de estos procesos abarca lo relacionado con la patria potestad. Finalmente, la tutela incluye el conjunto de normas jurídicas que tienen que ver con la guarda y protección de menores.

Asuntos relacionados con el matrimonio en los Juzgados de Familia

En lo referente al matrimonio, los Juzgados de Familia tramitan, principalmente, procesos de nulidad, separación o divorcio. La nulidad es una situación poco frecuente que se dictamina en caso de total ineficacia del matrimonio ocasionada por una de las causas contempladas por la Ley. La separación y el divorcio son los casos más frecuentes.

Se trata de la extinción total de los efectos de un matrimonio, ya sea civil o religioso, por causas posteriores a su celebración. El divorcio puede darse de forma consensual, cuando ocurre por mutuo consentimiento de los cónyuges.

En ese caso, para tramitarlo, el Juzgado de Familia exigirá que hayan pasado, por lo menos, tres meses desde la celebración del matrimonio. También solicitará que se entregue una propuesta de convenio de separación.

El divorcio también puede ser unilateral, cuando es solicitado solo por uno de los cónyuges. Generalmente, en su tratamiento, el Juez deberá regular todos los efectos derivados del divorcio.

Juzgados de Familia y filiación

Desde el punto de vista legal, la filiación es el vínculo que une a los progenitores con sus hijos. De este vínculo derivan una serie de derechos y obligaciones, que son regulados por los Juzgados de Familia.

La relación jurídica puede provenir de una relación biológica o adoptiva. Los Juzgados de Familia regulan el estado jurídico que la ley asigna a una determinada persona por su relación natural de procreación o de adopción, que lo une con sus progenitores.

Silueta de una familia y un mazo para representar el Juzgado de Familia.

La guarda y custodia

La guarda de menores es una de las principales funciones de la patria potestad. En los Juzgados de Familia se decide principalmente sobre la guarda y custodia en caso de separación o divorcio de los padres. La ley dispone que el Juez debe acordar el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando los padres lo soliciten de común acuerdo.

También intervendrá el juez en caso de que las las partes lleguen a un acuerdo en el transcurso del proceso. El Juez, igualmente, tendrá que fundamentar su decisión y adoptar las cautelas necesarias para que la resolución se cumpla de forma eficaz.

En caso de que la guarda y custodia sea entregada a uno de los padres, el Juez deberá determinar la forma en la que el progenitor que no la ejerce pueda cumplir con el deber de velar por sus hijos.

Por otro lado, el juez definirá cómo y dónde podrá cada cónyuge comunicarse y estar con los hijos. Si los padres están separados y no han llegado a un acuerdo, el Juez tomará su decisión siempre pensando en el bien superior de los menores.


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