Los niños están muy presentes en los anuncios publicitarios. Es muy común verlos, tanto en anuncios dirigidos al público infantil como en aquellos pensados para los adultos.
Estamos acostumbrados a ver a los menores en anuncios de ropa, juguetes, productos de alimentación y hasta medicinas. Se han convertido en una imagen fundamental para los más exitosos anuncios publicitarios. Pero ¿qué dice la ley sobre esto? ¿Cómo se regula la protección a la infancia en este aspecto?
La utilización de niños en la publicidad es una actividad que puede tener riesgos y necesita ser regulada. A continuación, veremos algunos elementos sobre los aspectos legales de los niños en los anuncios publicitarios.
¿Por qué están presentes los niños en la publicidad?
Los niños son los protagonistas de muchos anuncios publicitarios. Y la razón no es solo que su hermosa sonrisa sea más cautivadora que la de un adulto. Los niños se han convertido en elementos muy influyentes dentro del consumo familiar. Y esto ocurre porque actualmente los padres están mucho más atentos a las necesidades e incluso a los caprichos de sus hijos.
Algunas épocas del año son especialmente propicias para las campañas publicitarias dirigidas al público infantil o adolescente, y protagonizadas también por menores. Las mejores temporadas para este tipo de campañas son, principalmente, el comienzo del ‘cole’, el fin de curso y las navidades.
Los períodos con mayor impacto publicitario
Al inicio del curso, los padres deben comprar cuadernos, lápices, estuches, mochilas y todo tipo de material escolar. Y la mayoría quiere complacer a sus hijos comprándoles las cosas que más les gusten. Es el momento ideal para que las marcas intenten convencer a los niños a través de los anuncios en los que otros niños eligen tal o cual producto.
Al final del curso, los padres también suelen complacer a sus hijos haciéndoles regalos para recompensar sus buenas notas y celebrar el inicio de las vacaciones. Y las navidades son, sin duda, la época del año más propicia para la publicidad y el consumo. Los niños son, precisamente, quienes provocan ese consumo y, además, se convierten en figuras de los anuncios.
Pero los niños no solo están presentes en la publicidad de productos que ellos consumen. Aparecen también en anuncios para adultos, muchas veces con el objetivo de transmitir la imagen de una familia feliz y unida. Es el caso, por ejemplo, de los anuncios de coches. En cualquier caso, los niños son actualmente una figura indispensable para la publicidad.
Aspectos legales sobre el uso de la imagen de los niños en anuncios publicitarios
En España, la presencia de los niños en la publicidad está regulada por la legislación común y, en especial, por la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor. Esta ley establece que:
“La difusión de información o la utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, determinará la intervención del Ministerio Fiscal, que instará de inmediato las medidas cautelares y de protección previstas, y solicitará las indemnizaciones que correspondan…”.
En este artículo, la norma pone especial énfasis en la efectividad del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen con que están protegidos los menores. Esta protección se encuentra por encima del propio consentimiento del menor o de sus padres.
En la práctica, el Ministerio Fiscal puede impulsar las acciones legales pertinentes en caso de que exista una actuación contraria a los intereses del niño en el marco de los anuncios y la publicidad.
Aspectos legales sobre el trabajo de los niños en anuncios publicitarios
En España, el trabajo de menores de 16 años está prohibido. La Ley permite a los menores participar o intervenir excepcionalmente en espectáculos públicos, siempre que esto no perjudique su correcto desarrollo. La publicidad no está explícitamente mencionada en esta Ley, pero se entiende que está comprendida dentro del concepto de ‘espectáculos públicos’.
Sin embargo, a pesar de que el trabajo de los menores en la publicidad cuenta con el apoyo legal, no existe una normativa clara al respecto. En este sentido, no se encuentra una norma general o sectorial de contenido laboral que permita regular las condiciones de trabajo de los menores en el mundo de la publicidad. Tampoco existen los controles correspondientes.
Bibliografía
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- Dr Joaquín Ortiz Tardio. Hospital del SAS. Jerez. EL NIÑO, LOS MEDIOS Y LA PUBLICIDAD. Extraído de: https://spaoyex.es/sites/default/files/pdf/Voxpaed16.1pags39-43.pdf
- BOE. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Extraído de: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-1069