El delito de abuso sexual a menores

En la legislación española está especialmente penado el abuso sexual a menores: la graduación de la pena dependerá de muchos factores, entre los que se encuentra la edad específica del menor.
El delito de abuso sexual a menores
María Alejandra Castro Arbeláez

Revisado y aprobado por la psicóloga María Alejandra Castro Arbeláez.

Última actualización: 03 febrero, 2022

En España, el Código Penal incluye el delito de abuso sexual a menores en los Delitos contra la libertad sexual. Para el caso de los menores de edad, existen ciertas previsiones específicas en la ley. La intención en este caso no solo es salvaguardar su derecho a vivir la sexualidad libremente, sino proteger su integridad, su indemnidad sexual y su formación.

En este sentido, la ley prevé que los menores de trece años no pueden consentir de forma válida una relación sexual. Una vez alcanzada esa edad, los menores siguen teniendo prohibido ciertas actividades sexuales.

A continuación, veremos algunos elementos para entender mejor el fenómeno del abuso sexual a menores, su definición y sus implicaciones legales y psicológicas.

¿Qué es el delito de abuso sexual de menores?

El Código Penal distingue la agresión del abuso sexual. Se considera agresión sexual cuando una víctima es implicada en una actividad sexual que incluye contacto físico a través de violencia o intimidación. En el caso del abuso sexual, no existe violencia ni intimidación, pero no hay consentimiento.

El delito de abuso sexual a menores.

Los casos más graves de abuso y agresión sexual son aquellos en los que existe acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal. Estos casos también se ven agravados si hay introducción de objetos por la vía vaginal o anal. En cualquiera de estos casos, la agresión se considera una violación.

Cuando las víctimas de cualquiera de estos delitos tienen menos de trece años, el delito tiene un tratamiento especial. Esto ocurre porque en España se considera que los trece años son la edad de la madurez sexual. Lo que quiere decir que a esa edad un menor tiene legalmente la capacidad de consentir una relación sexual.

El hecho de haber fijado la edad de madurez sexual en los trece años implica que toda actividad sexual que se realice con un menor de esa edad es considerada un delito.

Esto es así independientemente de quien haya iniciado la relación o de si existe o no consentimiento por parte del menor. Tampoco se tratará de forma distinta si quien comete el delito también es menor, como por ejemplo un menor de 15 años que está con otro de doce.

A partir de los trece años, las cosas son diferentes. Los adolescentes tienen la misma protección y se someten a la misma legislación que la que regula los delitos de agresión y abuso sexual en general para los adultos.

¿Cómo se castiga este delito?

El tipo de castigo previsto por la ley para este tipo de delitos depende de muchos factores y varía mucho de un caso a otro. En principio, los casos de agresión sexual son penados con uno a cinco años de prisión. Sin embargo, en caso de existir acceso carnal, las penas van de seis a doce años de prisión.

La ley contempla, además, algunas circunstancias agravantes que endurecen las penas de cinco a diez años y de doce a quince años de prisión, respectivamente. Se trata de los casos en los que exista violencia especialmente degradante o intervención de dos o más personas en el cometimiento del delito.

El delito de abuso sexual a menores.

También están en esta situación las agresiones en las que la víctima sea particularmente vulnerable, cuando exista abuso de una relación de superioridad o parentesco, o cuando se utilicen objetos peligrosos que puedan ocasionar lesiones graves a la víctima.

  En el caso del abuso sexual, las penas son menores. Se castiga con una pena de prisión de uno a tres años, o con una multa de dieciocho a veinticuatro meses en los casos en los que la víctima no haya dado su consentimiento como, por ejemplo, tocamientos sorpresivos.

Algunas situaciones son consideradas como agravantes, como cuando la víctima es privada de sentido o padece un trastorno mental, o cuando el autor se ha valido de su situación de superioridad.

En el caso específico de los menores de trece años, las agresiones y abusos sexuales son penados con prisión de cinco a diez años y dos a seis años, respectivamente, cuando no existe acceso carnal. Cuando hay acceso carnal o alguna de las conductas anteriormente descritas, la prisión es de ocho a doce años y de doce a quince años respectivamente.


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